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Fiscalidad e Inversión

Minería de Criptomonedas en España: Fiscalidad, IAE y Obligaciones como Autónomo

Guía completa sobre la fiscalidad de la minería de criptomonedas en España. Descubre cómo darte de alta como autónomo, obligaciones con la AEAT, modelo 130, deducciones permitidas y diferencias entre minero profesional y ocasional.

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Equipo Cleriontax

Expertos en Fiscalidad Crypto y Análisis de Datos

14 min de lectura
Minería CriptomonedasMining BitcoinFiscalidad MiningIAE MineríaAutónomo CryptoAEATActividad EconómicaModelo 036Modelo 130Rendimientos ActividadRETADeducciones Mining
Minería de criptomonedas en España - Guía completa sobre fiscalidad, IAE y obligaciones como autónomo ante la AEAT
30 de octubre de 2025
14 min de lectura
Fiscalidad e Inversión
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La minería de criptomonedas (crypto mining) ha evolucionado desde una actividad accesible para entusiastas hasta una industria profesional que requiere inversión significativa en hardware, electricidad y conocimientos técnicos.

Pero más allá de los aspectos tecnológicos, la minería de Bitcoin, Ethereum y otras criptomonedas tiene implicaciones fiscales muy específicas en España que todo minero debe conocer.

A diferencia de la compra-venta de criptomonedas, que tributa como ganancia patrimonial, la minería se considera actividad económica según la AEAT, lo que implica obligaciones fiscales más complejas: alta en IAE, cotización como autónomo, IVA, pagos fraccionados trimestrales y tributación en la base general del IRPF.

En esta guía completa analizaremos todos los aspectos fiscales de la minería de criptomonedas en España en 2025, desde el momento en que empiezas a minar hasta la declaración anual de tus rendimientos.

Qué es la minería de criptomonedas y por qué es actividad económica

Concepto de minería (mining)

La minería de criptomonedas es el proceso mediante el cual se validan transacciones en redes blockchain utilizando poder computacional, a cambio de recompensas en forma de criptomonedas nuevas y comisiones de transacción.

Tipos de minería principales

1. Proof of Work (PoW) - Minería tradicional:

  • Bitcoin (BTC)
  • Litecoin (LTC)
  • Dogecoin (DOGE)
  • Bitcoin Cash (BCH)
  • Monero (XMR)

Requiere hardware especializado (ASICs o GPUs potentes) y consume grandes cantidades de electricidad.

2. Pool Mining (minería en grupo):

En lugar de minar en solitario, los mineros se unen a pools donde comparten poder computacional y dividen las recompensas proporcionalmente.

Principales pools:

  • Foundry USA Pool
  • AntPool
  • F2Pool
  • Binance Pool
  • Slush Pool

3. Cloud Mining (minería en la nube):

Alquiler de poder de minería a empresas especializadas sin necesidad de hardware propio. Menos rentable pero con menos complejidad técnica.

Criterio de la AEAT: minería como actividad económica

Según la Dirección General de Tributos (consultas vinculantes V2846-18 y V0999-18), la minería de criptomonedas se considera actividad económica cuando se realiza de forma:

  • Habitual: De manera continuada en el tiempo
  • Organizada: Con medios de producción propios (hardware, instalaciones)
  • Con ánimo de lucro: Finalidad de obtener beneficios económicos

Esto implica que los ingresos por minería son rendimientos de actividades económicas, no ganancias patrimoniales.

Diferencia clave: Si compras Bitcoin, tributa como ganancia patrimonial (base del ahorro). Si minas Bitcoin, tributa como actividad económica (base general con tipos más altos).

Minero profesional vs minero ocasional: diferencias fiscales

No toda actividad de minería tiene el mismo tratamiento fiscal. La AEAT distingue entre minería profesional y ocasional.

Minero profesional (actividad económica)

Características:

  • Minería continuada y habitual
  • Inversión significativa en equipos
  • Instalaciones dedicadas (granja de minería)
  • Consumo eléctrico elevado y constante
  • Participación en pools de minería profesionales

Obligaciones fiscales:

  • ✅ Alta en IAE (Impuesto de Actividades Económicas)
  • ✅ Alta en RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos)
  • ✅ Declaración trimestral de IVA (modelo 303) - NO SUJETO
  • ✅ Pagos fraccionados IRPF (modelo 130)
  • ✅ Declaración anual en modelo 100 (base general)
  • ✅ Libros de ingresos y gastos

Minero ocasional (particular)

Características:

  • Minería esporádica o experimental
  • Equipo doméstico (PC personal, GPU gaming)
  • Sin instalaciones dedicadas
  • Actividad secundaria sin ánimo de lucro profesional

Obligaciones fiscales:

  • ✅ No requiere alta como autónomo
  • ✅ Las criptomonedas minadas se valoran en 0€ al recibirlas
  • ✅ Tributación solo al vender (ganancia patrimonial en base del ahorro)
  • ✅ Declaración en modelo 100 si se venden

¿Cuándo estás obligado a darte de alta como autónomo?

Criterios orientativos:

IndicadorMinero ocasionalMinero profesional
Equipamiento1-2 GPUs domésticasMúltiples ASICs o granja GPUs
Inversión inicial< 3.000€> 5.000€
Consumo eléctrico mensual< 300 kWh extra> 500 kWh dedicados
Ingresos mensuales estimados< 300€> 500€
ContinuidadIntermitenteContinua (24/7)
InstalaciónCasa personalLocal/nave dedicada

Si cumples varios criterios de "minero profesional", debes darte de alta como autónomo.

Cómo darte de alta como autónomo minero de criptomonedas

Paso 1: Alta censal (Modelo 036 o 037)

Debes darte de alta en el Censo de Empresarios mediante el modelo 036 (completo) o 037 (simplificado).

Datos principales a cumplimentar

Epígrafe del IAE:

La minería de criptomonedas puede encuadrarse en:

  • Opción 1 (recomendada): Epígrafe 831.9 - "Otros servicios financieros n.c.o.p."
  • Opción 2: Epígrafe 849.9 - "Otros servicios relacionados con tecnologías de la información"

Consejo: Consulta con tu gestor fiscal cuál es más apropiado según tu actividad específica y comunidad autónoma.

Régimen de IVA:

Marca casilla de operaciones NO sujetas a IVA para la actividad de minería (más adelante explicamos por qué).

Actividad económica:

Descripción: "Minería de criptomonedas mediante tecnología blockchain"

Plazo de presentación

Debes presentar el modelo 036/037 antes de iniciar la actividad o, como máximo, en el mes en que comienzas a operar.

¿Dónde presentarlo?

  • Online: Sede electrónica de la AEAT (requiere certificado digital o Cl@ve PIN)
  • Presencial: Oficina de la Agencia Tributaria con cita previa

Paso 2: Alta en el Régimen de Autónomos (RETA)

Simultáneamente al alta censal, debes inscribirte en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) ante la Seguridad Social.

Cuotas de autónomos 2025

Desde 2023, España aplica un sistema de cotización por ingresos reales con tramos:

Rendimiento neto mensualCuota mensual orientativa
Menos de 670€230€
De 670€ a 900€260€
De 900€ a 1.166€275€
De 1.166€ a 1.300€291€
De 1.300€ a 1.500€294€
De 1.500€ a 1.700€294€
De 1.700€ a 1.850€310€
De 1.850€ a 2.030€315€
De 2.030€ a 2.330€337€
De 2.330€ a 2.760€360€
De 2.760€ a 3.190€382€
De 3.190€ a 3.620€404€
De 3.620€ a 4.050€426€
Más de 6.000€530€

Tarifa plana para nuevos autónomos:

Si es tu primera vez como autónomo (o han pasado más de 2 años desde tu última alta):

  • Primeros 12 meses: 80€/mes (reducción del 80%)
  • Siguientes 12 meses: Reducciones progresivas

Trámite de alta en RETA

Plazo: Dentro de los 30 días naturales desde el inicio de la actividad.

Vías:

  • Online: Sede electrónica de la Seguridad Social (Import@ss)
  • Presencial: Oficina de la Seguridad Social

Documentación necesaria:

  • DNI/NIE
  • Modelo TA.0521 (solicitud de alta)
  • Justificante de alta censal (modelo 036)

Tributación en el IRPF: rendimientos de actividad económica

Integración en la base general del IRPF

Los ingresos por minería de criptomonedas tributan en la base general del IRPF, con tipos progresivos significativamente más altos que la base del ahorro.

Tipos impositivos 2025 (estatales + autonómicos)

Tramo de rentaTipo estatalTipo autonómico (aprox.)Total orientativo
Hasta 12.450€9,5%9%18,5%
De 12.450€ a 20.200€12%12%24%
De 20.200€ a 35.200€15%15%30%
De 35.200€ a 60.000€18,5%18,5%37%
De 60.000€ a 300.000€22,5%21,5%44%
Más de 300.000€24,5%22,5%47%

Nota: Los tipos autonómicos varían según la comunidad autónoma. Los porcentajes totales son orientativos.

Comparación con base del ahorro (compra-venta cripto):

Base del ahorroTipo impositivo
Hasta 6.000€19%
De 6.000€ a 50.000€21%
De 50.000€ a 200.000€23%
Más de 200.000€28%

Como se observa, la tributación como actividad económica es más elevada, especialmente para rentas medias-altas.

Cálculo del rendimiento neto

El rendimiento neto de la actividad de minería se calcula:

Rendimiento neto = Ingresos totales - Gastos deducibles

Valoración de los ingresos

Los ingresos se determinan por el valor de mercado de las criptomonedas minadas en el momento de recibirlas.

Ejemplo:

Minas 0.5 BTC el día 15 de marzo de 2024:

  • Cotización BTC ese día: 55.000€/BTC
  • Ingreso a declarar: 27.500€

Ese valor (27.500€) será también tu valor de adquisición fiscal cuando vendas esos BTC en el futuro.

Periodicidad de valoración

Opción 1 (recomendada): Valorar cada recompensa recibida individualmente

Opción 2: Valorar de forma agregada (por ejemplo, mensualmente), calculando el valor medio del mes

Consejo: Utiliza herramientas de tracking como Koinly o CryptoTax que registran automáticamente cada recompensa de minería con su cotización exacta.

IVA en la minería de criptomonedas: operación NO sujeta

Una de las ventajas fiscales de la minería es que NO está sujeta a IVA, según criterio de la AEAT.

¿Por qué no hay IVA en mining?

Según la normativa del IVA (Ley 37/1992), para que una operación esté sujeta al impuesto debe cumplir:

  1. Ser una entrega de bienes o prestación de servicios
  2. Existir una relación directa entre prestación y contraprestación
  3. Identificar claramente proveedor y destinatario

En la minería de criptomonedas:

  • ❌ No existe un destinatario concreto del servicio
  • ❌ No hay relación directa entre el trabajo de validación y la recompensa específica
  • ❌ La recompensa proviene del protocolo blockchain, no de un cliente

Por tanto, la actividad NO está sujeta a IVA.

Consecuencias prácticas

Ventajas:

  • ✅ No debes repercutir IVA (21%) sobre tus ingresos de minería
  • ✅ Simplificación administrativa

Desventajas:

  • ❌ No puedes deducir el IVA soportado en compras relacionadas con la actividad (electricidad, equipos, etc.)

Declaraciones de IVA (modelo 303)

Aunque la minería no está sujeta, debes:

  • Presentar declaraciones trimestrales de IVA marcando la casilla de operaciones no sujetas
  • Si solo realizas actividad de minería, las declaraciones serán "en blanco" (sin cuotas)
  • Conservar justificantes de que tu actividad está no sujeta

Venta posterior de criptomonedas minadas

Cuando vendas las criptomonedas que has minado:

  • Si vendes a particulares (P2P): No hay IVA
  • Si vendes a través de exchanges: No hay IVA (operaciones exentas)
  • La ganancia/pérdida respecto al valor de adquisición (valor al minarlas) tributa como ganancia patrimonial

Gastos deducibles en la actividad de minería

Como actividad económica, puedes deducir todos los gastos directamente relacionados con la minería.

Principales gastos deducibles

1. Electricidad (consumo energético)

El gasto más importante para mineros.

  • ✅ Deducible al 100% si tienes contador separado para el equipamiento de minería
  • ✅ Deducible proporcionalmente si es un contador mixto (vivienda + minería)

Cálculo del porcentaje deducible:

% Deducible = (Consumo equipos minería / Consumo total) × 100

Ejemplo:

  • Consumo total mensual vivienda: 400 kWh
  • Consumo estimado equipos minería: 300 kWh
  • Porcentaje deducible: 75%
  • Factura eléctrica mensual: 150€
  • Gasto deducible: 112,50€

2. Hardware de minería

Equipamiento específico:

  • ASIC miners (Antminer, Whatsminer, etc.)
  • GPUs de alto rendimiento
  • Fuentes de alimentación
  • Sistemas de refrigeración (ventiladores, aire acondicionado)
  • Racks y estanterías

Tratamiento fiscal:

  • Si el coste es < 300€: Gasto deducible directamente
  • Si el coste es > 300€: Amortización según tablas oficiales

Tabla de amortización:

ElementoCoeficiente máximoPeríodo máximoVida útil estimada
Equipos informáticos25%8 años4-5 años
Instalaciones técnicas10%20 años10 años

Ejemplo de amortización:

Compras un ASIC Antminer S19 Pro por 5.000€:

  • Amortización anual: 5.000€ × 25% = 1.250€/año
  • Durante 4 años puedes deducir 1.250€ anuales

3. Local o espacio dedicado

Si minas desde casa (vivienda habitual):

  • Deducible proporcionalmente según m² dedicados exclusivamente
  • Máximo: 30% de los gastos (AEAT suele aceptar hasta 20-30%)

Gastos deducibles del local:

  • Alquiler o amortización (si es en propiedad)
  • IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles)
  • Comunidad de propietarios
  • Seguro del hogar (proporcionalmente)
  • Reparaciones y mantenimiento

Ejemplo:

Vivienda de 100 m², habitación de 15 m² dedicada a minería:

  • Porcentaje: 15%
  • Alquiler mensual: 800€
  • Gasto deducible mensual: 120€

4. Conectividad y comunicaciones

  • ✅ Internet (100% si exclusivo, proporcionalmente si compartido)
  • ✅ Teléfono móvil profesional
  • ✅ Servidores y hosting (para pools o nodos propios)

5. Software y suscripciones

  • ✅ Licencias de software de monitorización (Hive OS, MinerStat, Awesome Miner)
  • ✅ Suscripciones a pools de minería (comisiones)
  • ✅ Herramientas de gestión fiscal (Koinly, CryptoTax)
  • ✅ Servicios cloud para análisis

6. Asesoramiento y servicios profesionales

  • ✅ Asesoría fiscal y gestoría
  • ✅ Asesoramiento legal
  • ✅ Servicios técnicos especializados
  • ✅ Auditorías

7. Seguros

  • ✅ Seguro de equipos contra robo/daños
  • ✅ Seguro de responsabilidad civil
  • ✅ Seguro de pérdida de beneficios

8. Financiación

  • ✅ Intereses de préstamos para adquirir equipamiento
  • ✅ Comisiones bancarias relacionadas con la actividad

9. Formación

  • ✅ Cursos sobre minería, blockchain, optimización
  • ✅ Libros técnicos y suscripciones especializadas
  • ✅ Asistencia a conferencias y eventos del sector

Documentación obligatoria

Para cada gasto deducible debes conservar:

  • ✅ Factura o ticket (con NIF del proveedor)
  • ✅ Justificante de pago (transferencia, extracto bancario)
  • ✅ Relación clara con la actividad económica
  • ✅ Registro en libro de gastos

Obligaciones trimestrales: Modelo 130 y 303

Modelo 130: Pagos fraccionados del IRPF

El modelo 130 es una autoliquidación trimestral mediante la cual adelantas a Hacienda el 20% de tu beneficio.

Quién debe presentarlo

Estás obligado si cumples estos requisitos:

  • Eres autónomo en estimación directa
  • Más del 70% de tus ingresos NO tienen retención de IRPF

(En minería de criptomonedas, el 100% de tus ingresos no tienen retención, así que SÍ estás obligado)

Cálculo del pago fraccionado

Pago fraccionado = (Ingresos acumulados - Gastos acumulados) × 20%

Menos:

  • Pagos fraccionados anteriores del mismo ejercicio
  • Retenciones soportadas (si las hay)

Plazos de presentación 2025

TrimestrePeríodoPlazo de presentación
1TEnero - Marzo1-20 de abril
2TAbril - Junio1-20 de julio
3TJulio - Septiembre1-20 de octubre
4TOctubre - Diciembre1-30 de enero 2026

Ejemplo práctico: Primer trimestre

Actividad del 1T 2025:

  • Criptomonedas minadas (valor mercado): 15.000€
  • Gastos deducibles:
    • Electricidad: 1.200€
    • Amortización equipos: 1.000€
    • Internet: 150€
    • Asesoría: 300€
    • Total gastos: 2.650€

Cálculo:

Beneficio trimestral = 15.000€ - 2.650€ = 12.350€
Pago fraccionado (20%) = 2.470€

Debes ingresar 2.470€ antes del 20 de abril.

Presentación

  • Online: Sede electrónica AEAT
  • El pago se realiza mediante domiciliación bancaria o NRC (Número de Referencia Completo)

Modelo 303: Declaración trimestral de IVA

Aunque la minería NO está sujeta a IVA, debes presentar el modelo 303 trimestralmente.

Contenido de la declaración

Casilla específica: Operaciones no sujetas

Marcarás:

  • Actividad de minería: operación no sujeta
  • Importe de la actividad (informativo)

Resultado: Cuota a ingresar = 0€

¿Por qué presentarlo si está no sujeto?

Obligación informativa para que la AEAT tenga constancia de tu actividad económica.

Plazos de presentación

Idénticos al modelo 130:

  • 1T: 1-20 abril
  • 2T: 1-20 julio
  • 3T: 1-20 octubre
  • 4T: 1-30 enero

Declaración anual (Modelo 390)

Al finalizar el año, debes presentar el resumen anual del IVA (modelo 390) en enero.

Declaración anual (Modelo 100): integración en la renta

Al finalizar el ejercicio fiscal, debes incluir todos los rendimientos de minería en tu declaración de la renta (modelo 100).

Sección correspondiente

Rendimientos de actividades económicas en estimación directa:

  • Casillas 086 a 094
  • Apartado de "actividades profesionales" o "actividades empresariales" (según tu clasificación)

Información a incluir

Ingresos totales del año:

  • Suma de todas las criptomonedas minadas valoradas a precio de mercado en el momento de obtenerlas

Gastos deducibles por conceptos:

  • Consumos de explotación (electricidad)
  • Arrendamientos (local)
  • Reparaciones y conservación
  • Servicios de profesionales independientes (asesoría)
  • Otros servicios exteriores (internet, software)
  • Amortizaciones
  • Otros gastos

Rendimiento neto:

Rendimiento neto = Ingresos totales - Gastos deducibles

Integración con otros rendimientos

El rendimiento neto de minería se suma a:

  • Rendimientos del trabajo (si eres asalariado además de minero)
  • Otros rendimientos de actividades económicas
  • Imputaciones de renta, etc.

Formando la base imponible general sobre la que se calculan los tipos progresivos.

Deducciones de los pagos fraccionados

Los pagos realizados trimestralmente (modelo 130) se deducen de la cuota final:

Ejemplo anual completo:

Rendimiento neto anual: 45.000€
IRPF calculado (tipo medio 30%): 13.500€

Menos:
- Pagos fraccionados (modelo 130): 9.000€
- Retenciones trabajo (si las hay): 0€

= Cuota a ingresar: 4.500€

Plazo de presentación

Del 3 de abril al 30 de junio de 2026 (para ejercicio 2025)

Tributación cuando vendes las criptomonedas que has minado

Después de minar criptomonedas y tributar por su obtención, cuando las vendas generarás una segunda tributación por la ganancia o pérdida patrimonial.

Doble tributación: mining + venta

Momento 1: Al minar (actividad económica)

  • Tributa el valor de mercado como rendimiento de actividad
  • Base general del IRPF (hasta 47%)

Momento 2: Al vender (ganancia patrimonial)

  • Tributa la diferencia entre precio de venta y valor al minar
  • Base del ahorro del IRPF (19%-28%)

Ejemplo completo del ciclo

15 de marzo de 2024: Minas 0.5 BTC

  • Cotización BTC: 55.000€/BTC
  • Valor minado: 27.500€
  • Tributación 2024: 27.500€ como rendimiento de actividad económica
  • IRPF estimado (30%): 8.250€

Valor de adquisición fiscal de esos 0.5 BTC: 27.500€

20 de octubre de 2024: Vendes los 0.5 BTC

  • Cotización BTC: 62.000€/BTC
  • Precio de venta: 31.000€
  • Valor de adquisición: 27.500€
  • Ganancia patrimonial: 3.500€
  • IRPF (19%): 665€

Tributación total:

  • Por minar: 8.250€
  • Por vender: 665€
  • Total: 8.915€

Pérdidas patrimoniales: oportunidad de compensación

Si vendes con pérdidas, puedes compensarlas:

  • ✅ Con otras ganancias patrimoniales del mismo año
  • ✅ Con rendimientos del capital mobiliario (hasta 25%)
  • ✅ Con pérdidas de ejercicios anteriores (4 años)

Ejemplo de pérdida:

Minas 1 ETH a 2.500€ → Vendes a 2.000€ → Pérdida: 500€

Esa pérdida reduce tu base imponible del ahorro.

Caso práctico completo: minero profesional en 2025

Veamos un ejemplo realista de un minero profesional durante un año completo.

Perfil del minero: Alberto

  • Actividad: Minería de Bitcoin en pool
  • Equipamiento: 4 Antminer S19 Pro
  • Inversión inicial: 20.000€
  • Local: Habitación de 20 m² en vivienda de 100 m²
  • Consumo eléctrico dedicado: 350 kWh/mes
  • Primera vez como autónomo: Sí (tarifa plana disponible)

Ingresos anuales 2025

Recompensas de minería:

  • 1T: 0.15 BTC → 8.250€ (precio medio 55.000€/BTC)
  • 2T: 0.14 BTC → 8.260€ (precio medio 59.000€/BTC)
  • 3T: 0.13 BTC → 7.800€ (precio medio 60.000€/BTC)
  • 4T: 0.12 BTC → 7.680€ (precio medio 64.000€/BTC)

Total ingresos: 31.990€

Gastos deducibles 2025

Electricidad:

  • Consumo mensual: 350 kWh × 0,30€/kWh = 105€/mes
  • Anual: 1.260€

Amortización equipos:

  • 4 ASICs: 20.000€ × 25% = 5.000€/año

Internet:

  • 50€/mes × 12 = 600€

Local (20% vivienda):

  • Alquiler: 700€/mes × 20% = 140€/mes
  • Anual: 1.680€

Suministros (20% vivienda):

  • Comunidad, seguro, IBI: 1.200€ × 20% = 240€

Servicios profesionales:

  • Gestoría y asesoría fiscal: 1.500€

Software y suscripciones:

  • Hive OS + tools: 300€

Formación:

  • Curso optimización mining: 400€

Total gastos: 10.980€

Rendimiento neto

Ingresos: 31.990€
Gastos: 10.980€
Rendimiento neto: 21.010€

Cotizaciones a la Seguridad Social

Con tarifa plana (primeros 12 meses):

  • 80€/mes × 12 = 960€

Pagos fraccionados (Modelo 130)

Pagos trimestrales (20% beneficio):

1T: (8.250€ - 2.745€) × 20% = 1.101€
2T: (16.510€ - 5.490€ - 1.101€) × 20% = 1.984€
3T: (24.310€ - 8.235€ - 3.085€) × 20% = 2.598€
4T: (31.990€ - 10.980€ - 6.683€) × 20% = 2.865€

Total pagos fraccionados: 8.548€

Declaración de la renta (Modelo 100)

Base imponible general:

  • Rendimiento actividad minería: 21.010€
  • Otros rendimientos (trabajo): 0€
  • Total base general: 21.010€

Cálculo IRPF (aproximado):

Hasta 12.450€: 12.450€ × 18,5% = 2.303€
De 12.450€ a 20.200€: 7.750€ × 24% = 1.860€
De 20.200€ a 21.010€: 810€ × 30% = 243€

Total IRPF: 4.406€

Menos:

  • Pagos fraccionados (modelo 130): 8.548€

Resultado: A devolver 4.142€

(Los pagos fraccionados han sido superiores a la cuota final)

Resumen económico del año

Ingresos brutos minería: 31.990€
Gastos actividad: -10.980€
Cuotas autónomo: -960€
IRPF neto (tras devolución): 0€ (devuelven más de lo ingresado)

Beneficio neto: 20.050€

Rentabilidad neta: 20.050€ / 20.000€ inversión = 100% anual

Además, conserva:

  • 0.54 BTC minados (valor actual: ~34.000€)
  • Si los vende, tributará solo por la ganancia patrimonial adicional

Errores frecuentes de los mineros (y cómo evitarlos)

Error 1: No darse de alta como autónomo

Problema: Minar de forma habitual sin estar dado de alta.

Consecuencia:

  • Sanciones por actividad económica sin declarar
  • Regularización retroactiva de cuotas de autónomos
  • Liquidaciones tributarias con recargos

Solución: Date de alta ANTES de comenzar la actividad profesional.

Error 2: No valorar correctamente las criptomonedas al minarlas

Problema: Usar el valor al venderlas en lugar del valor al minarlas.

Consecuencia: Cálculo incorrecto de rendimientos y ganancias patrimoniales.

Solución: Registra el valor de mercado exacto de cada recompensa de minería en el momento de recibirla.

Error 3: No conservar justificantes de gastos

Problema: Deducir gastos sin facturas o documentación.

Consecuencia: En caso de inspección, la AEAT puede rechazar las deducciones y liquidar diferencias.

Solución:

  • Solicita siempre factura con tu NIF
  • Conserva justificantes de pago
  • Mantén un archivo ordenado durante 4-6 años

Error 4: Confundir la tributación de minar con comprar cripto

Problema: Pensar que al minar tributan igual que al comprar y vender.

Realidad:

  • Compra-venta: Ganancia patrimonial (base del ahorro, 19-28%)
  • Minería: Actividad económica (base general, hasta 47%)

Solución: Diferencia claramente ambas actividades en tu contabilidad.

Error 5: No presentar el modelo 130 trimestralmente

Problema: Pensar que basta con la declaración anual.

Consecuencia:

  • Recargos e intereses de demora
  • Sanciones por no presentar pagos fraccionados

Solución: Configura recordatorios para presentar el modelo 130 cada trimestre (abril, julio, octubre, enero).

Error 6: Deducir el 100% de gastos mixtos

Problema: Deducir la factura completa de luz/internet cuando también se usa para uso personal.

Consecuencia: Gasto no justificado que puede ser rechazado.

Solución: Calcula proporcionalmente los gastos mixtos y documenta el criterio usado.

Error 7: No declarar criptomonedas en exchanges extranjeros

Problema: Tener más de 50.000€ en criptomonedas minadas en exchanges fuera de España sin declarar el modelo 721.

Consecuencia: Sanciones desde 1.500€ hasta el 150% del valor no declarado.

Solución: Presenta el modelo 721 en marzo si superas los umbrales.

Comparativa fiscal: ¿Es más rentable minar o comprar crypto?

Desde el punto de vista fiscal, veamos las diferencias:

Minería de criptomonedas

Ventajas fiscales:

  • ✅ Gastos deducibles (electricidad, equipos, local, etc.)
  • ✅ Amortización de inversiones
  • ✅ No sujeto a IVA
  • ✅ Posibilidad de tarifa plana de autónomos

Desventajas fiscales:

  • ❌ Tributación en base general (hasta 47%)
  • ❌ Cuotas de autónomo (mínimo 960€ anuales con tarifa plana)
  • ❌ Obligaciones administrativas: modelos 130, 303, libros contables
  • ❌ Doble tributación: al minar + al vender

Compra-venta (trading)

Ventajas fiscales:

  • ✅ Tributación solo al vender (base del ahorro, 19-28%)
  • ✅ Sin obligaciones como autónomo
  • ✅ Sin cuotas mensuales
  • ✅ Simplicidad administrativa

Desventajas fiscales:

  • ❌ No hay gastos deducibles
  • ❌ No se pueden amortizar inversiones
  • ❌ Tributación inmediata de ganancias

Ejemplo comparativo

Escenario: Invertir 20.000€ en crypto

Opción A: Comprar Bitcoin directamente

  • Inversión: 20.000€ en BTC
  • BTC sube 50% en 1 año → Valor: 30.000€
  • Vendes: Ganancia 10.000€
  • IRPF (21%): 2.100€
  • Beneficio neto: 7.900€

Opción B: Comprar equipos de minería

  • Inversión: 20.000€ en ASICs
  • Minas 31.990€ en 1 año (ejemplo anterior)
  • Gastos deducibles: 10.980€
  • Rendimiento neto: 21.010€
  • IRPF (medio 21%): 4.406€
  • Cuotas autónomo: 960€
  • Beneficio neto: 15.644€
  • Además conservas los equipos (valor residual ~10.000€)

Conclusión: En este escenario, minar es fiscalmente más rentable si:

  • La cotización de BTC se mantiene estable o sube moderadamente
  • Optimizas los gastos deducibles
  • La dificultad de minería no aumenta drásticamente

Pero el trading es más simple y no requiere conocimientos técnicos ni infraestructura.

Futuro de la regulación fiscal del mining en España

La fiscalidad de la minería de criptomonedas está en evolución constante.

Tendencias regulatorias 2025-2026

1. Regulación MiCA (Markets in Crypto-Assets)

  • Marco europeo que puede afectar a proveedores de servicios crypto
  • Posible registro obligatorio de mineros profesionales
  • Mayor supervisión y transparencia

2. Criterio medioambiental

  • Debate sobre el consumo energético del mining
  • Posibles incentivos fiscales para minería con energías renovables
  • Restricciones en algunas comunidades autónomas

3. Obligaciones de reporte

  • Directiva DAC8: Intercambio automático de información fiscal
  • Pools de minería deberán reportar ingresos de sus usuarios
  • Mayor cruce de datos entre jurisdicciones

4. Evolución del criterio de actividad económica

  • Posible actualización de umbrales para distinguir minero ocasional/profesional
  • Clarificación sobre cloud mining y staking

Recomendaciones de cara al futuro

  • ✅ Mantén toda la documentación actualizada y accesible
  • ✅ Declara siempre, aunque haya zonas grises normativas
  • ✅ Trabaja con asesores especializados en crypto
  • ✅ Adapta tu actividad a cambios normativos proactivamente

Conclusión: cumplimiento fiscal en la minería de criptomonedas

La minería de criptomonedas en España es una actividad económica perfectamente legal y regulada, pero con obligaciones fiscales complejas que requieren atención especializada.

Puntos clave a recordar

  • Minería = Actividad económica: Tributación en base general del IRPF (hasta 47%)
  • Alta obligatoria: IAE (epígrafe 831.9) + RETA desde el inicio
  • IVA no sujeto: No repercutes IVA, pero tampoco deduces el soportado
  • Modelo 130 trimestral: Pagos fraccionados del 20% cada 3 meses
  • Gastos deducibles amplios: Electricidad, equipos, local, asesoría, etc.
  • Doble tributación: Al minar (actividad) + al vender (ganancia patrimonial)
  • Tarifa plana disponible: 80€/mes los primeros 12 meses para nuevos autónomos
  • Valoración al minar: Precio de mercado en el momento exacto de recibir cada recompensa
  • Documentación esencial: Conserva todas las facturas, justificantes y registros

¿Cuándo compensa fiscalmente minar?

La minería profesional puede ser fiscalmente interesante si:

  1. Tienes acceso a electricidad económica (< 0,10€/kWh)
  2. Puedes deducir gastos significativos (local dedicado, equipamiento)
  3. Mantienes la actividad de forma continuada para amortizar inversión y cuotas
  4. El precio de la cripto minada se mantiene estable o crece
  5. La dificultad de red no aumenta drásticamente

Si no se cumplen estas condiciones, el trading (compra-venta) puede ser más eficiente fiscalmente.

Cleriontax: expertos en fiscalidad de minería crypto

¿Estás minando criptomonedas o planeas comenzar? No dejes tu fiscalidad al azar. En Cleriontax somos especialistas en la tributación de actividades económicas relacionadas con criptomonedas.

Nuestros servicios para mineros incluyen:

  • ✅ Asesoramiento para el alta como autónomo (IAE y RETA)
  • ✅ Análisis de viabilidad fiscal de tu proyecto de minería
  • ✅ Cálculo optimizado de gastos deducibles
  • ✅ Preparación y presentación de modelos 130, 303, 100
  • ✅ Gestión de libros contables de ingresos y gastos
  • ✅ Valoración de criptomonedas minadas (histórico completo)
  • ✅ Declaración de ventas posteriores y ganancias patrimoniales
  • ✅ Defensa ante requerimientos de la AEAT
  • ✅ Optimización fiscal de tu actividad de mining

Solicita tu consulta fiscal especializada →

Nuestro equipo de expertos en fiscalidad crypto te ayudará a cumplir con todas tus obligaciones fiscales de forma profesional, optimizada y con total seguridad jurídica.

¿Tienes dudas sobre si debes darte de alta como autónomo? Contacta con nosotros para un análisis inicial sin compromiso.

Descargo de responsabilidad: Este artículo tiene finalidad informativa y educativa exclusivamente. No constituye asesoramiento fiscal personalizado ni recomendación de inversión. La normativa fiscal está sujeta a cambios y cada situación personal es única. Consulta siempre con un asesor fiscal profesional colegiado antes de tomar decisiones fiscales relacionadas con minería de criptomonedas.

Última actualización: Octubre 2025

Publicado por: Equipo Cleriontax - Expertos en Fiscalidad de Criptomonedas y Análisis de Datos

Cleriontax: expertos en fiscalidad de minería crypto

¿Estás minando criptomonedas o planeas comenzar? No dejes tu fiscalidad al azar. En Cleriontax somos especialistas en la tributación de actividades económicas relacionadas con criptomonedas.

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Última actualización: Octubre 2025

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